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TSE. La prohibición para que el gobierno se involucre en las campañas políticas existe en Costa Rica desde 1927

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) aplica al Poder Ejecutivo abstenerse en campañas electorales, prohibición vigente desde hace ya un siglo.

 

*“La prohibición para que el gobierno se involucre en las campañas políticas existe en Costa Rica desde 1927. Esta norma, que en 2 años cumple un siglo, tiene una lógica sencilla: para que podamos escoger un nuevo gobierno en libertad, quienes están en el gobierno deben dedicarse a gobernar y quedarse al margen del proceso electoral”, recordó la institución.*

 

El órgano electoral busca cuidar los recursos públicos y en el ejercicio de los cargos oficiales no sean usados para beneficiar un grupo con intenciones electorales debidamente inscrito. *“Quienes están en el gobierno no pueden aprovechar los recursos públicos que manejan, incluida la visibilidad de sus cargos, para hablar a favor o en contra de ningún grupo que esté compitiendo en la elección”*, reitera en su interpretación como una interpretación absoluta.

La responsabilidad de cumplir con las normas electorales es de acatamiento obligarorio específicamente para partidos y candidatos que cumplan los requisitos de Ley. *“La competencia debe ser sólo entre quienes están compitiendo, a quienes la normativa reconoce derecho en materia electoral. Quienes ocupan los más altos cargos del Estado, según el artículo 146 del Código Electoral, únicamente podrán ejercer el derecho a emitir su voto el día de las elecciones”*, terminan argumentando las autoridades del TSE.

 

Sostienen qué desde el 2001 hay aplicado estas normativas electorales, y llevada las acciones de procesamiento de éstas faltas ya tipificadas. *“Sólo desde 2001, el Tribunal Supremo de Elecciones ha tramitado 446 denuncias de beligerancia contra funcionarios de siete distintos gobiernos, y tengan plena seguridad de que lo seguiremos haciendo, porque es lo que manda la Constitución y la ley”*, es de su competencia.

 

El TSE enfatiza su papel como contralor electoral, insistiendo que su objetivo primordial es velar por los diferentes pricesos en manera electoral. *“¿Y por qué es nuestra responsabilidad hacerlo cumplir?*

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