Cuatro obligaciones tributarias marcan el cierre de junio para empresas y contribuyentes
La Declaración 270 de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos que no estén amparados en un comprobante electrónico, la Declaración 273 Informativa de Precios de Transferencia y el primer pago parcial de renta concentran los principales vencimientos tributarios de finales de junio.

El cierre del mes de junio trae consigo tres obligaciones tributarias relevantes que las empresas y contribuyentes deben tener presente. Específicamente se trata del cumplimiento de dos declaraciones informativas y el pago parcial de un impuesto.
El primer requisito tributario por cumplir es la Declaración 270 “Informativa Resumen Mensual de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos que no estén amparados en un comprobante electrónico”, la cual corresponde a la declaración anual del período 2025, que se amplió para presentarla hasta el 25 de junio de este año.
Posteriormente, el 30 de junio deberán cumplirse tres obligaciones adicionales: la presentación de la Declaración 273 Informativa de Precios de Transferencia, correspondiente al período fiscal 2025, el primer pago parcial del Impuesto sobre las Utilidades para los contribuyentes cuyo período fiscal comprende del 1 de enero al 31 de diciembre, y el impuesto a la patente comercial ante la Municipalidad correspondiente.
La Declaración 270 permite a la Administración Tributaria obtener información sobre operaciones con clientes, proveedores y determinados gastos que no cuentan con respaldo mediante comprobantes electrónicos y pretende contribuir con el prellenado de declaraciones. A partir del período 2026, y debido a su carácter mensual, se recomienda a las empresas establecer controles y procedimientos que faciliten la recopilación y revisión de la información de manera periódica, con el fin de reducir errores y evitar altas sanciones.
“La Declaración 270 cobra una relevancia especial dentro de los procesos de fiscalización de la Administración Tributaria. Por esa razón, las empresas deben implementar mecanismos que les permitan identificar oportunamente aquellas operaciones que deben reportarse y no esperar al cierre del período para recopilar la información”, explicó Silvia Castro, socia de Impuestos de Despacho Carvajal.
El 30 de junio también vence el primer pago parcial del Impuesto sobre las Utilidades. Este anticipo constituye una parte del impuesto que deberá liquidarse en marzo de 2027, por lo que permite distribuir la carga tributaria a lo largo del período fiscal y contribuye a una mejor gestión del flujo de efectivo al momento de cancelar la obligación definitiva.
“El pago parcial es un adelanto del impuesto sobre la renta que deberá cancelarse en marzo de 2027. El monto se calcula por parte de la Administración Tributaria automáticamente, y el cobro aparecerá en su cuenta tributaria en OVI. El cálculo se determina aplicando el 25% sobre el impuesto de renta del último período declarado o el promedio de los impuestos de los últimos tres períodos fiscales, el que sea mayor. Si al final del período el contribuyente pagó más de lo que correspondía, ese dinero no se pierde: puede utilizarse para cancelar otros impuestos o solicitar su devolución”, agregó Castro.
Por su parte, la Declaración 273 Informativa de Precios de Transferencia debe ser presentada por los grandes contribuyentes nacionales, las empresas acogidas al régimen de zona franca y aquellos contribuyentes que mantengan operaciones con entidades vinculadas que superen, de forma individual, los 1.000 salarios base, equivalentes actualmente a ₡462.200.000. Esta obligación es de carácter informativo y no implica el pago de un tributo.
En cuanto al pago del impuesto a la patente comercial, este se hace ante la respectiva municipalidad donde esté registrado el contribuyente; y su cumplimiento es trimestral. De no cumplir con esta obligación, la autoridad cantonal deberá cobrar interés sobre el impuesto no pagado, el cual dependerá de cada municipio.
Por último, el incumplimiento en la presentación de las declaraciones 270 y 273 o en el pago de esta obligación tributaria puede generar una sanción equivalente al 2% de los ingresos brutos del período anterior, con un mínimo de tres salarios base (₡1.386.600) y un máximo de 100 salarios base (₡46.220.000). Por esta razón, Despacho Carvajal recomienda revisar con anticipación los requisitos aplicables a cada caso y evitar dejar estos trámites para los últimos días.
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